
El régimen de talentos para el futuro (J-Find) se introdujo en abril de 2023. Las personas que se han graduado en universidades extranjeras situadas en los primeros puestos de las clasificaciones mundiales y desean realizar en Japón actividades de búsqueda de empleo o de preparación para la creación de una empresa pueden obtener el estatus de residencia «Actividad designada (talento para el futuro)» y permanecer en el país como máximo 2 años. A diferencia del visado para start-ups, no es necesario presentar la solicitud ante un organismo acreditado: el trámite se presenta directamente ante el Servicio de Inmigración, lo cual constituye una diferencia importante frente a dicho visado.
Para profundar en el régimen, consulte la página del Servicio de Inmigración: «Actividades de creación de empresas o búsqueda de empleo de titulados de excelentes universidades extranjeras (J-Find)» y el documento de síntesis sobre el régimen de talentos para el futuro (PDF) (en japonés).
Los 3 requisitos de J-Find (debe cumplirlos todos)
Para acceder al estatus de residencia «Actividad designada (talento para el futuro)» es necesario cumplir los requisitos 1 a 3 que figuran a continuación, todos ellos a la vez.
| Requisito | Contenido |
|---|---|
| ① Universidad elegible | Tener título de grado universitario o superior (o título de posgrado profesional) obtenido tras graduarse o completar un programa de posgrado en una universidad que, entre los 3 principales ranking mundiales de universidades que se indican a continuación, figure en el top 100 en al menos 2 de ellos: · QS World University Rankings · THE World University Rankings (Times Higher Education) · Academic Ranking of World Universities (Clasificación de Shanghái) ※ La lista de universidades elegibles figura en el documento del Ministerio de Justicia «Universidades a las que aplica el régimen de talentos para el futuro (PDF)» (a enero de 2026, era Reiwa 8). Compruebe asimismo las clasificaciones más recientes en el momento de su solicitud. |
| ② Plazo desde la graduación | Que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de concesión del título en la universidad elegible (incluido el título de posgrado). |
| ③ Medios de subsistencia | Que, en el momento de la solicitud, el solicitante disponga de un saldo en cuentas de depósito equivalente a al menos 200.000 yenes en moneda japonesa (a título de medios iniciales de manutención durante la estancia). |

Qué actividades se permiten y duración de la estancia
- Actividades de búsqueda de empleo: búsqueda de empleo en empresas y demás organizaciones de Japón
- Actividades de preparación para la creación de empresas: tareas de preparación para emprender en Japón
- La estancia se concede, por regla general, por 1 año y, mediante renovaciones, podrá alcanzar como máximo 2 años
- El cónyuge y los hijos pueden acompañarle con el estatus «Actividad designada (cónyuge, etc. del titular de talento para el futuro)» (consulte al Servicio de Inmigración los requisitos y trámites exactos)
No existe restricción por región: podrá residir en cualquier lugar de Japón siempre que desempeñe en el territorio nacional actividades de búsqueda de empleo o de preparación empresarial. Asimismo, con un permiso de actividad distinta a la autorizada (actividades fuera del estatus), en determinados supuestos podrán reconocerse actividades retribuidas (trabajos a tiempo parcial, prácticas, etc.); le rogamos confirme los detalles con el Servicio de Inmigración.
Modalidades de solicitud
Según su situación, deberá presentar una u otra de las siguientes solicitudes.
- Solicitud de certificado de elegibilidad (COE): para quien se encuentra en el extranjero y desea entrar en Japón por primera vez con este estatus de residencia
- Solicitud de cambio de estatus de residencia: para quien ya reside en Japón con otro estatus y desea pasar a las actividades reguladas por J-Find (si aplica, interesa presentar la solicitud sin demora)
- Solicitud de renovación del periodo de estancia: para quien ya se encuentra en «Actividad designada (talento para el futuro)» y desea continuar con la actividad
La documentación y los impresos varían según el tipo de solicitud. Con carácter general se exigen, entre otros, un calendario o itinerario de estancia, un curriculum vitae, documentos acreditativos del título (certificado de graduación, etc.) y acreditación del saldo bancario. El listado actualizado lo encontrará en la página de J-Find del Servicio de Inmigración (en japonés).
Diferencias entre J-Find, visado para start-ups y estatus de gerencia y administración (resumen)
A continuación resumimos las principales diferencias entre los regímenes de interés para quienes desean trabajar o preparar un negocio en Japón.
| Elemento de comparación | J-Find (talento para el futuro) | Visado para start-ups | Gerencia y administración de negocios |
|---|---|---|---|
| Objeto | Actividades de búsqueda de empleo o de preparación para la creación de empresas | Preparación de la puesta en marcha de un nuevo negocio | Dirección y administración de la empresa |
| Perfil principal | Graduado en universidad incluida en el top 100 de al menos 2 de los 3 ranking indicados, dentro de los 5 años posteriores a la graduación, y con saldo de depósitos de al menos 200.000 yenes | Personas que preparan un negocio en la zona de un organismo acreditado (sin requisito académico en la misma forma) | Personas que reúnen los criterios de local, plantilla, capital social, etc. |
| Duración de la estancia | Como máximo 2 años | Como máximo 2 años (renovación periódica, p. ej. semestral) | 5 años, 3 años, 1 año, etc. |
| Restricción territorial | Ninguna | Sí (zona bajo el organismo acreditado) | Ninguna |
| Tramitación | Presentación directa ante el Servicio de Inmigración (no requiere organismo acreditado) | Presentación del plan al organismo acreditado → emisión de certificación → trámite ante el Servicio de Inmigración | Presentación directa ante el Servicio de Inmigración |
Para una comparación detallada con el visado para start-ups, consulte también la página del visado para start-ups (emprendimiento).
A quién va dirigido este régimen
- Quien se haya graduado (incluido posgrado) de una universidad que figure entre las 100 primeras de al menos 2 de los 3 ranking (QS, THE, Clasificación de Shanghái)
- Quien, dentro de los 5 años posteriores a la obtención del título, desee buscar empleo en Japón
- Quien, dentro del mismo plazo, desee preparar un proyecto empresarial en Japón y prefiera no estar sujeto a la limitación geográfica propia del visado para start-ups
- Quien, en el momento de la solicitud, pueda acreditar un saldo de depósito de 200.000 yenes o superior
Enlaces y documentos oficiales
- Actividades de creación de empresas o búsqueda de empleo de titulados de excelentes universidades extranjeras (J-Find) | Servicio de Inmigración de Japón (página en japonés)
- Régimen de talento excepcionalmente calificado (J-Skip) y régimen de talentos para el futuro (J-Find) | Servicio de Inmigración de Japón (página en japonés)
- Sobre el régimen de talentos para el futuro (documento de síntesis) (PDF)
- Universidades a las que aplica el régimen de talentos para el futuro (PDF) (a enero de 2026)
- Outline J-Find (English) (PDF)
Si desea comentar un posible trámite o los requisitos de J-Find, puede contactar con nosotros con toda comodidad.

