
La cualificación de residencia de cónyuge u otro familiar de nacional japonés (comúnmente denominada «visa de cónyuge de japonés», etc.) es la estancia concedida, entre otras, a cónyuges de nacionales japoneses, a adoptados en adopción especial y a personas nacidas como hijo o hija de nacional japonés. Por ejemplo, cónyuge de nacional japonés, hijo o hija biológica, adoptado en adopción especial, etc. (véase Servicio de Inmigración: cualificación de residencia «Cónyuge u otro familiar de nacional japonés» [en japonés]).
Tras un matrimonio internacional, el extranjero suele cambiar a esta cualificación. Su rasgo distintivo es la ausencia de restricciones laborales y un alto grado de libertad en el trabajo y las actividades. Para que el matrimonio internacional surta plenos efectos se exigen, además de requisitos formales como el registro, requisitos sustantivos: por ejemplo, edad válida para contraer matrimonio y ausencia de impedimentos como el parentesco en línea colateral prohibido.
Requisitos para ostentar la estancia de cónyuge u otro familiar de nacional japonés
Cónyuge de nacional japonés
En el caso de cónyuge de nacional japonés, se exige un matrimonio válido a efectos legales. No corresponde el cónyuge divorciado o fallecido, ni el concubinato o uniones de hecho no inscritas.
En la práctica suele requerirse convivir y llevar una vida conyugal compartida. En supuestos de separación de domicilio, el trámite puede agravarse por sospecha de matrimonio de conveniencia o simulado.
Hijo o hija de nacional japonés
Incluye hijos nacidos en matrimonio, así como los nacidos fuera del matrimonio una vez reconocidos (reconocimiento de paternidad o maternidad). En el momento del nacimiento del niño, el padre o la madre debe poseer nacionalidad japonesa; o bien, si el padre ya había fallecido al nacer la persona, el padre debía tener nacionalidad japonesa en el momento de su fallecimiento.
Para el detalle de la documentación, consulte Extranjero (solicitante) que es hijo biológico o adoptado en adopción especial de un nacional japonés (Servicio de Inmigración) [en japonés].
Adoptado en adopción especial de nacional japonés
La adopción especial es la constituida por resolución del tribunal de familia; en ella se extingue el vínculo con los progenitores de origen y, por regla general, no se admite la ruptura con los adoptantes como en la adopción ordinaria. En el registro familiar suele constar la posición de «hijo primogénito» o «hija primogénita», a diferencia de la adopción común.
Con la reforma del Código Civil de abril de 2020, la edad a la que el adoptando puede acceder a la adopción especial se fija, por regla general, en menores de 15 años (antes, menores de 6). Es un instituto orientado a ofrecer un hogar adecuado y educación a menores desamparados (véase Ministerio de Justicia: reforma de legislación civil (parentesco de adopción especial) [en japonés]).
Período de estancia
Se confiere con una duración de 5 años, 3 años, 1 año o 6 meses.
Tipos de trámite
Entre los principales procedimientos vinculados a la cualificación de residencia «Cónyuge u otro familiar de nacional japonés» se encuentran los siguientes.
- Solicitud de certificado de elegibilidad (COE) — Para quien, desde el extranjero, desea entrar en Japón por primera vez bajo esta cualificación
- Solicitud de permiso de cambio de estancia — Para quien ya reside bajo otra cualificación y desea cambiar a esta
- Solicitud de prórroga del período de estancia (renovación) — Para quien mantiene la misma cualificación y desea continuar en Japón
- Solicitud de permiso de adquisición de la cualificación de residencia — Para quien, por pérdida de la nacionalidad japonesa, nacimiento, etc., permanece en Japón sin haber recibido control en frontera y va a residir más de 60 días
Ante cambios en el parentesco, presente con brevedad la solicitud correspondiente. El ejercicio de actividades ajenas a su cualificación actual puede conllevar la revocación de la estancia.
Listado de documentos (orientativo)
La documentación varía según el tipo de trámite y según trate a cónyuge o a hijo o adoptado en adopción especial. Los certificados emitidos en Japón deben presentarse, salvo excepciones, con una antigüedad de no más de 3 meses desde su expedición. A los documentos en idioma extranjero, adjunte traducción al japonés.
Lo que sigue se basa en la información pública del Ministerio de Justicia y del Servicio de Inmigración; durante el trámite pueden solicitarse documentos adicionales. Compruebe los formularios y requisitos vigentes en las páginas oficiales para cónyuge y hijo biológico o adoptado en adopción especial [en japonés].
【Si es cónyuge (esposo o esposa)】
Solicitud de certificado de elegibilidad (COE) — Nuevo ingreso desde el extranjero
- Impreso de solicitud de certificado de elegibilidad, 1 ejemplar
- Fotografía (1 unidad, formato reglamentario)
- Extracto completo del registro familiar (libro de familia) del cónyuge japonés (con constancia de matrimonio; si no la hubiera, certificado de recepción de notificación de matrimonio)
- Acta o certificado de matrimonio del país de nacionalidad del solicitante, 1 ejemplar (p. ej., si en el país de origen se expide un extracto con ambos cónyuges, el extracto basta)
- Justificante de medios de subsistencia: certificado de imposición o no imposición del impuesto de residente, certificados fiscales (último año), etc. Si el ingreso acaba de comenzar: copia de libreta bancaria, previsión de empleo, etc.
- Carta de garantía personal del cónyuge japonés, 1 ejemplar
- Copia del certificado de residencia de todo el hogar (incluido el japonés), 1 ejemplar (omisión del My Number, sin otras supresiones)
- Cuestionario, 1 ejemplar
- Prueba del vínculo conyugal (2–3 fotos, registros de redes, llamadas, etc.)
- Sobre con franqueo prepago para la respuesta (correo certificado sencillo)
Solicitud de permiso de cambio de estancia (desde otra cualificación)
- Impreso de solicitud de cambio y fotografía
- Extracto del registro familiar (completo) del cónyuge japonés con matrimonio, expedido en los 3 meses anteriores
- Acta o certificado de matrimonio en el país de nacionalidad del solicitante
- Justificante de medios (certificados fiscales, etc., de hasta 3 meses)
- Carta de garantía y certificado de residencia de todo el hogar del cónyuge (hasta 3 meses)
- Cuestionario, pruebas del vínculo conyugal
- Pasaporte y tarjeta de residencia (presentación)
Solicitud de prórroga (renovación) del período de estancia
- Impreso de renovación y fotografía
- Extracto del registro familiar (completo) del cónyuge japonés con constancia de matrimonio
- Justificante de medios (imposición o pagos a cargo del sostenedor o del propio solicitante, etc.)
- Carta de garantía y certificado de residencia de todo el hogar
- Pasaporte y tarjeta de residencia (presentación)
【Hijo biológico o adoptado en adopción especial】
Solicitud de certificado de elegibilidad (COE)
- Impreso de COE, fotografía
- Extracto o extracto de cancelación (completo) del registro del progenitor en Japón
- Si nació en Japón: certificado de recepción de notificación de nacimiento o de reconocimiento, expedido en los 3 meses anteriores
- Si nació en el extranjero: acta o certificados de nacimiento o de reconocimiento en el país de origen
- En adopción especial: certificado de recepción de notificación o sentencia y firmeza de adopción por el tribunal de familia
- Justificante de medios a cargo de quien sostiene (imposición, etc.; si faltara, libreta bancaria, previsión de empleo, etc.)
- Carta de garantía (nacional japonés residente en Japón, progenitor o adoptante, según el caso)
- Certificado de residencia (todo el hogar; menores: quien aporta medios; mayores: convivientes)
- Sobre con franqueo prepago
Permiso de cambio o renovación de estancia
- Impreso de solicitud, fotografía
- Extracto o extracto de cancelación del registro del progenitor o adoptante japonés
- Actas de nacimiento, reconocimiento o adopción especial (como en el epígrafe anterior)
- Justificante de medios, carta de garantía, certificado de residencia
- Pasaporte y tarjeta de residencia (presentación)
Si un tercero presenta los documentos, podrá exigirse prueba de identidad del presentador. Para dudas póngase en contacto con el Centro de información integral para extranjeros (teléfono 0570-013904) [página en japonés].

