En la Oficina Heritage publicamos de forma periódica noticias sobre el estatus de residencia (visado), cambios normativos y puntos clave de las solicitudes. Si planea residir o trabajar en Japón, le invitamos a consultar esta sección.
Índice de actualidad | Artículo publicado el 6 de marzo de 2026 Guía sobre la autorización de residencia permanente (50 preguntas y respuestas de inmigración)
La Oficina Heritage es un despacho de gyoseishoshi con sede en Osaka cuya actividad principal son los trámites de estatus de residencia ante las oficinas regionales de inmigración de Japón.
Profesionales con la titulación nacional y habilitación para presentar solicitudes ante el Servicio de Inmigración le acompañan en los trámites necesarios para residir legalmente en Japón.
※Para más detalles sobre los procedimientos de residencia, consulte también el sitio web del Servicio de Inmigración (Immigration Services Agency).










Este estatus permite a quienes desean permanecer en Japón por turismo o descanso de forma prolongada estancias de hasta un año como máximo. La Oficina Heritage le asesora sobre los requisitos de las Actividades designadas n.º 40 y 41 (estancia prolongada por turismo, estancia recuperadora, etc.), la documentación y la representación en la solicitud.
Visado para personas de alto patrimonio (Actividades designadas n.º 40 y 41)
Explicación clara de la naturalización según la información del Ministerio de Justicia: requisitos (domicilio, capacidad, conducta, medios de vida, evitar doble nacionalidad y respeto a la Constitución), supuestos simplificados y procedimiento. Un gyoseishoshi cualificado le acompaña en la solicitud.
Nacionalidad japonesa (naturalización)
La autorización de residente permanente está dirigida a quienes residen en Japón de forma continuada y desean establecerse a largo plazo. Entre sus ventajas: sin límite de periodo de estancia, sin restricción general de trabajo y posibilidad de continuar residiendo aun tras disolución del matrimonio con nacional japonés, según los casos.
Residencia permanente en Japón (estatus de residente permanente)
La expulsión obligatoria es una medida administrativa prevista en la Ley de Inmigración para hacer salir del país a quien no cumple los requisitos de estancia. Si desea conocer las causas o el procedimiento, o tiene dudas, puede consultarnos con confianza.
Detalle del procedimiento y las causas de expulsión
Despacho en Umeda, Osaka. Si es extranjero y reside en Japón o desea hacerlo y necesita ayuda con su estatus de residencia (visado), contáctenos. En esta sección encontrará también información sobre honorarios.
Tarifas y honorarios
Si sale de Japón y desea regresar conservando su estatus, en muchos casos debe obtener previamente ante el Servicio de Inmigración un permiso de reentrada. Salir sin dicho permiso puede suponer la pérdida del estatus. También podemos representarle en la solicitud.
Permiso de reentrada (detalle)
Para solicitudes de estatus de residencia o naturalización, la Oficina Heritage le ofrece asesoramiento y representación. Aceptamos consultas por formulario las 24 horas.
Formulario de contacto
Este estatus cubre actividades como ingeniería mecánica u otras ramas técnicas, interpretación, diseño, enseñanza de idiomas en empresa privada, marketing, entre otras. Le informamos sobre requisitos académicos y de experiencia y le apoyamos en la solicitud.
Visado de ingeniería, humanidades e internacional (detalle)
Para actividades académicas o artísticas sin remuneración, o el estudio especializado de cultura o oficios propios de Japón. Asistimos a quienes estudian, por ejemplo, ikebana, ceremonia del té, cocina japonesa o música tradicional.
Visado de actividades culturales (detalle)
Dirigido a compositores, letristas, pintores, escultores, artesanos, escritores, fotógrafos y a quienes imparten enseñanza artística en música, bellas artes, literatura, fotografía, teatro, danza o cine, entre otras.
Visado de artista (detalle)
Resolvemos dudas sobre naturalización, obtención o renovación de visados y otros trámites de residencia.
Comuníquese con nosotros sin compromiso.
TEL:090-3676-8204
※Este formulario acepta consultas y comentarios las 24 horas del día.
※Las respuestas se envían, por regla general, entre las 9:00 y las 21:00 horas en días laborables.
(Según el contenido de su mensaje, la respuesta puede demorarse. Rogamos su comprensión.)