Servicios de la Oficina Heritage de Gestoría Administrativa (Gyoseishoshi)
En la Oficina Heritage de Gestoría Administrativa, profesionales con la condición de gyoseishoshi autorizado para trámites de solicitud (reconocido para presentar documentación ante el Servicio de Inmigración) realizan distintas gestiones de estatus de residencia ante el Servicio de Inmigración, así como trámites y apoyo ante el registro legal para la naturalización a nacionalidad japonesa.
Qué es el gyoseishoshi autorizado para trámites de solicitud
En regla general, la solicitud al Servicio de Inmigración requiere que el propio interesado se presente en la ventanilla. No obstante, según el régimen de recepción de solicitudes (代理申請制度), un gyoseishoshi que haya completado la formación en materia de inmigración y haya recibido la autorización del director de la oficina regional de inmigración está habilitado para entregar en nombre del solicitante la documentación. Al confiar el trámite a un gyoseishoshi autorizado, queda eximida la comparecencia personal en inmigración y el procedimiento podrá adelantarse compaginando con su trabajo o estudios.
Algunos procedimientos para los que cabe dicha interposición: solicitud de certificado de elegibilidad (COE, Certificate of Eligibility), prórroga del periodo de estancia, cambio de estatus de residencia, permiso de residencia permanente, permiso de reingreso, permiso de actividad distinta a la del estatus, solicitud de certificado de elegibilidad laboral, etc. (vea la página del Servicio de Inmigración: Régimen de recepción de solicitudes (en japonés)).
En qué puede ayudarle un gyoseishoshi
El gyoseishoshi (gestor administrativo) es un título estatal cuyo cometido profesional es la elaboración de documentos dirigidos a las autoridades y la representación en su presentación.
Reconocimiento, cambio y renovación del estatus de residencia
Certificado de elegibilidad (COE)
Para el reagrupamiento familiar desde el extranjero o la primera estancia en Japón, es necesario solicitar la expedición del certificado de elegibilidad (COE).
El certificado de elegibilidad (COE) acredita, con carácter previo a la inspección en el control fronterizo, que la actividad que el extranjero pretende realizar se encuadra en un estatus de residencia de la ley de inmigración; lo expide el Servicio de Inmigración de Japón.
Cambio de estatus de residencia
Si pasa a una actividad distinta a la de su estatus actual (por matrimonio, incorporación laboral, cambio de empleo, etc.), deberá solicitar el permiso de cambio de estatus de residencia.
Quien ya reside en Japón y desea pasar a otro estatus de residencia (por ejemplo, de “cónyuge de nacional japonés” a “Tecnología, humanidades e internacionales” tras encontrar empleo) deberá solicitar dicha modificación al Servicio de Inmigración.
Renovación del estatus de residencia
Para continuar en Japón bajo el mismo estatus, procede la renovación. La solicitud puede presentarse a partir de los tres meses anteriores al vencimiento del periodo de estancia.
Salvo en el caso de residente permanente, cada estatus tiene un plazo; si desea quedarse en Japón bajo el mismo título, deberá solicitar la prórroga del periodo de estancia (renovación).
Visados para trabajar en Japón
Visado de Profesional Altamente Cualificado
La capacitación y el mérito profesional se valoran con un sistema de puntos; a partir de 70 puntos podrá disfrutar de un estatus con múltiples ventajas en estancia y trabajo.
El visado de Profesional altamente cualificado ofrece, al alcanzar el umbral (70 puntos) en el cómputo, ventajas amplias en estancia y en las condiciones de empleo.
Talento excepcionalmente calificado (J-Skip)
Con determinados títulos, trayectoria e ingresos, sin cómputo de puntos, podrá acceder a la categoría de profesional altamente cualificado; entre otras medidas, la residencia permanente puede solicitarse a partir de un año de estancia.
El régimen J-Skip, en vigor desde abril de 2023, reconoce la categoría de profesional altamente cualificado a quienes cumplan los requisitos de formación, experiencia e ingresos, sin puntuación, con beneficios reforzados (por ejemplo, residencia permanente en un año).
Régimen de talentos para el futuro (J-Find)
Para titulados de universidades de primer nivel, permite permanecer hasta dos años mientras busca empleo o prepara la creación de la empresa, sin contar con un certificador designado (organización de acogida) en un primer momento.
El régimen J-Find admite la solicitud directa al Servicio de Inmigración, con estancia de hasta dos años dedicada a la búsqueda de empleo o a la preparación emprendedora, según los requisitos legales.
Visado de gerencia y administración de negocios
Visado laboral para dirigir o administrar un negocio; puede obtenerse mediante constitución de sociedad, inversión o adquisición de empresa.
Comprende la actividad de dirigir o administrar un comercio u otra actividad en el territorio japonés o de prestar a la empresa un servicio de gestión con cargo de dirección.
Visado para start-ups (emprendimiento)
Permite, con el acompañamiento de una entidad acreditada, dedicarse a preparar en Japón un negocio hasta un máximo de dos años antes de cumplir plenamente los requisitos del visado de gerencia y administración.
Se trata de un estatus de actividad designada (programa de apoyo a emprendedores extranjeros) que ofrece un periodo de estancia y preparación, hasta un máximo aproximado de dos años, con vistas al posterior visado de gerencia y administración.
Visado de asuntos jurídicos y contables
Para abogados, contadores, escribanos judiciales, asesores fiscales, gyoseishoshi, etc., que ejercen su actividad regulada en Japón.
Es el estatus de residencia para quienes, con su titulación, desempeñan asistencia legal o contable u otras tareas de naturaleza análoga en territorio japonés.
Para quienes cuentan con la licencia sanitaria japonesa (médicos, odontólogos, etc.) y prestan asistencia médica.
Comprende la actividad de los médicos, odontólogos y demás licenciados en ramas médicas bajo el ordenamiento japonés, en su ejercicio profesional vinculado a la asistencia sanitaria.
Para quienes, en virtud de contrato con un organismo japonés, se dedican a la investigación.
Corresponde a quien, sujeto a un contrato con un centro público, una empresa o similar, se ocupa de actividades de investigación en el país.
Para la enseñanza de idiomas y otras materias en centros de primaria, secundaria, bachillerato o equivalentes.
Es el título adecuado para impartir enseñanzas, incluida la de idiomas, en las citadas instituciones educativas.
Visado de Tecnología, Humanidades y Negocios Internacionales
Amplio abanico de empleos: ingenieros, intérpretes, diseñadores, docentes de idiomas en la empresa, marketing, etc.
Comprende, entre otras, las actividades técnicas (ingeniería mecánica, etc.), la interpretación, el diseño, la enseñanza de idiomas en empresas privadas y tareas de marketing, entre muchas otras, previo cumplimiento de los requisitos legales.
Visado de traslado intraempresas
Para desplazamientos a la sede o filial japonesa de una empresa, por tiempo limitado, con funciones de la categoría Tecnología, humanidades e internacionales.
Se solicita cuando la empresa con domicilio en Japón reubica, por un periodo determinado, a personal de su sede u oficina en el extranjero con actividades de dicho estatus (en las condiciones legales aplicables).
Visado de trabajo calificado (p. ej. cocinero)
Para oficios y destrezas concretas, como distintas cocinas tradicionales, repostería, técnicas de construcción, deporte o enología, con experiencia o trayectoria reconocibles.
Regula la actividad de quien aplica técnicas o conocimientos propios de la cocina, la artesanía, el patrimonio deportivo, etc., según el marco de la ley (chino, francés, indio, etc., en el ámbito culinario, entre otras vías tradicionales).
Visado de prácticas técnicas (formación de pasante)
Para adquirir o perfeccionar técnicas y conocimientos en un centro o empresa en Japón, o para consolidar lo ya aprendido en el puesto de trabajo.
Comprende a quien, en un programa estipulado, se forma en técnicas o conocimientos, o aplica en la empresa el aprendizaje adquirido, según la normativa vigente.
Régimen de empleo con formación y desarrollo
Entrada prevista a partir de abril de 2027. En sectores con escasez de mano de obra, forma por empleo durante tres años y orienta a la categoría de habilidades específicas (1), con vías de movilidad adecuadamente regladas.
Sucede lógicamente al régimen de formación de pasante y busca, mediante tiempo de empleo y aprendizaje, consolidar japonés y pericia para la incorporación a la estancia de “habilidades específicas” bajo criterios legales.
Visado de profesor universitario
Para catedráticos, profesores asociados, ayudantes, etc. en universidad, ciclos o escuela de especialidad equivalente, y otras entidades de educación superior.
Es el título adecuado para el docente o investigador docente con cargo de profesor, profesor asociado o asistente en esas facultades, según lo previsto en la ley de inmigración.
Para compositores, pintores, escritores, fotógrafos y otras actividades artísticas, así como para quienes imparten enseñanza artística.
Comprende la actividad de los artistas y la orientación ajenos a la enseñanza en escuela pública, según su definición legal, en estancia por obra o contrato en Japón.
Para quienes, enviados por un culto u organización religiosa en el extranjero, desempeñan misión, predicación u otra labor religiosa en Japón.
Comprende la actividad misional y la propia a la fe confiada, distinta a la de ministro de culto inscrito de otro título, según lo definido en la ley de inmigración.
Para redactores, cámaras y colaboradores que, por contrato con un medio en el extranjero, recogen información o elaboran noticias en Japón.
Regula a quienes, en virtud de acuerdo con un organismo de prensa extranjero, se dedican a la cobertura informativa y actividades conexas en el archipiélago.
Visado de espectáculos y entretenimiento
Para intérpretes, bailarines, actores, músicos, modelos, deportistas de contacto, etc., con actuaciones, giras o aparición en medios.
Comprende la actividad teatral, musical, deportiva o de moda, entre otras, en giras, escenarios o cadenas, según su definición legal en la ley de inmigración.
Visado de trabajo con habilidades específicas
Para mano de obra en industrias concretas con dificultad de contratación local, reuniendo formación, experiencia y japonés en las condiciones legales.
La categoría (i) admite en conjunto un máximo aproximado de cinco años; la (ii) permite, con sucesivas renovaciones, estancias prolongadas y, en su caso, reagrupación familiar, según la norma.
Actividad designada (en los avisos 53 y 54) con ingresos a partir de 10.000.000 yenes anuales; estancia de hasta cerca de seis meses, en principio, dedicada a teletrabajo para un patrón u organización en el extranjero.
Contempla la estancia a propósito del trabajo a distancia internacional, con reagrupación de cónyuge e hijos en las condiciones legales (según disposición complementaria 54, entre otras).
Visados para estudiar en Japón
Para cursar estudios en universidad, posgrado, escuela vocacional, curso de idiomas u otras instituciones autorizadas.
Comprende la asistencia a la enseñanza reglada en centros japoneses y el aprendizaje de la lengua en escuelas de japonés, entre otras modalidades.
Visado de actividades culturales
Para adquirir conocimientos o técnicas propias de la cultura o el patrimonio japonés.
Se dirige a quienes, sin percibir salario por ello, estudian o practican artes, artesanía u otras manifestaciones culturales con arreglo a la ley.
Visados para residir en Japón
Para quienes llevan largo tiempo en Japón y desean asentarse de modo indefinido; no hay límite de estancia ni restricciones generales de trabajo.
Ofrece gran estabilidad: no se fija periodo de estancia y las actividades laborales no quedan circunscritas a un solo sector, salvo excepciones legales.
El ministro de Justicia reconoce la residencia por circunstancias humanitarias o singulares, fijando el plazo de estancia según el caso.
Incluye supuestos como tercera generación japonesa en el extranjero, personas con protección complementaria, descendientes de japoneses repatriados de China, entre otros marcos legales.
Cónyuge u otro familiar de nacional japonés
Para cónyuges, hijos adoptivos en supuestos especiales o hijos con un progenitor japonés, según la ley de inmigración.
En regla general permite desempeñar actividad laboral sin permiso adicional y ofrece margen amplio en el tipo de ocupación.
Cónyuge u otro familiar de residente permanente
Para el cónyuge de un residente permanente o de un residente especial permanente, así como para los hijos nacidos en Japón en supuestos legalmente previstos.
Comprende a quienes solicitan la estancia familiar en los términos del artículo correspondiente de la ley de inmigración.
Estancia familiar (dependiente)
Para el cónyuge o los hijos que viven de quien ya reside en Japón con otro estatus (sujetos a condiciones de manutención y parentesco).
En determinados supuestos pueden acogerse también padres u otros familiares, según la relación con el residente que presta sostén.
Visado para estancias prolongadas por turismo o descanso (altos patrimonios y cónyuge)
Resoluciones 40 y 41: estancia prolongada por turismo o descanso, con un máximo aproximado de un año.
Se dirige a supuestos de elevada solvencia económica y condiciones de estancia legalmente definidas en la resolución ministerial.
Visados para estancias de corta duración en Japón
Estancia temporal (turismo, negocios, etc.)
Para visitas breves de turismo, negocios o familiares; muchos países están exentos de visado de corta duración en condiciones previstas.
Comprende el visado de corta estancia para quien no realiza actividad remunerada y se acoge a los plazos legales de permanencia.
Estancia por tratamiento médico
Para el paciente extranjero que recibe asistencia médica, chequeo o convalecencia en Japón, y sus acompañantes en condiciones legales.
Se enmarca en la actividad designada “estancia médica y acompañantes” según la resolución ministerial vigente.
Búsqueda de empleo para antiguos estudiantes
Explicamos el cambio o la prórroga del estatus para quienes han terminado estudios superiores en Japón y siguen buscando empleo.
Actividad designada para la búsqueda continuada de empleo tras finalizar los estudios en universidad, posgrado o centros análogos, según criterio legal.
Estancia en situación irregular (exceso de plazo, “overstay”)
Permiso especial de residencia
El ministro de Justicia puede, excepcionalmente, autorizar la estancia a quien, en principio, está sujeto a expulsión, valorando p. ej. lazos familiares.
Con frecuencia se concede cuando hay cónyuge japonés o hijos con nacionalidad, y concurren circunstancias de especial relevancia.
Liberación bajo fianza (provisional)
Para cesar de forma temporal el internamiento en un centro y suspender, en su caso, la sujeción, según resolución.
Procede tras la detención por estancia u otras infracciones, cuando concurran los requisitos de la fianza o garantías fijados por ley y instrucción.
Revocación del estatus de residencia (visado)
Motivos, entre otros, el acceso a Japón con documentación o datos falsos o la inactividad prolongada con respecto a la actividad autorizada del estatus.
La ley de inmigración prevé concretamente los hechos y plazos que pueden conllevar la revocación de la estancia y del permiso de residencia.
Motivos de expulsión (salida forzosa)
Disposición administrativa por la que se ordena a un extranjero salir de Japón por incumplir la ley de inmigración en los supuestos previstos.
Constituye la vía sancionadora reiterada en la ley (órdenes de detención, expulsión, etc., con las salvedades procesales pertinentes).
Motivos de denegación de entrada
El control fronterizo puede impedir el ingreso si concurren circunstancias que, legalmente, aconsejan no admitir a la persona en el territorio.
En la ley y la práctica de inmigración suele aludirse a ello en el trámite de “denegación de desembarco” o similar.
Permiso excepcional de entrada
Tras una expulsión, en su caso no podrá reingresar un tiempo; bajo un motivo de peso, podrá pedirse el permiso excepcional de entrada con el trámite legal.
Complementa al régimen de plazos de inadmisión tras expulsión o salida, permitiendo, si procede, un ingreso con autorización excepcional del ministro de Justicia.
Aun con motivo de inadmisión, quienes cuenten con el COE y el visado podrán, si el ministro lo considera adecuado, entrar sin el trámite de permiso excepcional de entrada, según el artículo 5-2 y normas conexas.
Reconoce vías de entrada a quien, pese a antecedentes de expulsión u orden de salida, reúne la documentación de estancia aceptable y otras exigencias legales.
Reconocimiento de la condición de refugiado
Exponemos el procedimiento de asilo, la protección complementaria y el encadenamiento a estancias bajo resolución (estancia temporal, actividad designada, residente de largo plazo, etc.).
Ofrecemos una visión clara de los trámites, los derechos y las posibilidades de regularización a partir de la resolución.
Adquirir la nacionalidad japonesa
Condiciones de acceso, naturalización simplificada y presentación: la solicitud se formaliza en el registro legal (Hōmukyoku), sin tasa fija al solicitar, según la ley de tasas de registro.
La naturalización es el procedimiento por el que el extranjero sin nacionalidad japonesa obtiene dicha condición, previa decisión discrecional del ministro de Justicia; la vía de presentación y los criterios son distintos de los del visado o la residencia.
Otros servicios
La antigua vía de “cuidado de padres mayores” bajo actividad designada ha dejado de aplicarse; subsisten regímenes con requisitos (p. ej. hijo con Profesional altamente cualificado o investigación determinada) para el reagrupamiento.
Explicamos las condiciones actuales y las alternativas legales para que los padres puedan desplazarse a Japón.
Trabajo a tiempo parcial (actividad distinta a la del estatus)
Con estancias de “estudiante” o “familiar” no puede trabajar sin permiso; con el permiso de actividad adicional, podrá emplearse en el marco autorizado.
Tras el reconocimiento del permiso de “actividad distinta a la del estatus”, podrá laborar con las limitaciones (horas, actividades, empleadores) fijadas en la ley o en el permiso impreso en la tarjeta de residencia.
Según el tipo de adopción, la edad y el vínculo, cabe el residente de largo plazo, el título de cónyuge u otro familiar de nacional japonés, u otra categoría, según la ley y la práctica de inmigración.
Explicamos la distinción entre adopción ordinaria, especial, menores de seis años, y la relación con el estatus de residencia adecuado en cada supuesto.
Al salir de Japón, conviene comprobar si basta con el reingreso facilitado o si debe tramitarse un permiso de reingreso; podemos representarle en el trámite, si procede.
El permiso asegura el retorno al amparo de la validez y condiciones de su tarjeta de residencia, según su vigencia y el tipo de reingreso concedido (único, múltiple, exención, etc.).
Certificado de elegibilidad para trabajar
Documento con el que inmigración acredita que, con su estatus, puede desempeñar la actividad laboral. También asistimos en la solicitud de estatus con motivo de nacimiento o de renuncia a otra nacionalidad, entre otros supuestos.
Complementa a la comprobación “en la práctica” de lo permitido en la tarjeta; para ciertos trámites pide inmigración o el empleador comprobar dicha idoneidad.
Asesoramiento
Escuchamos su situación, le proponemos el trámite de estatus más apropiado y le informamos de honorarios y plazos. Atendemos también fuera de horario laboral y en fines de semana, previa consulta.
En un primer entendimiento, analizamos el caso y le orientamos hacia el procedimiento adecuado, con un repaso transparente de costes e hitos aproximados.
Por teléfono de 10:00 a 17:00; el correo y el formulario web admiten su mensaje a cualquier hora. No dude en escribirnos o llamar.
Contestaré en el horario indicado para llamadas; para el acceso inmediato por escrito, utilice el formulario o el correo electrónico, que permanecen a su disposición 24 horas al día, los siete días de la semana, para dejar un mensaje.
La consulta presencial cuesta 8.000 yenes por sesión, la en línea 10.000 yenes, según nuestro arancel. Si luego le encargamos un procedimiento, descontaremos dicha suma de los honorarios acordados.
Así evitamos un doble coste: lo abonado por la consulta previa con cargo al encargo concreto se imputa al total, según nuestro reglamento interno.
Oficina Heritage de Gestoría Administrativa (Gyoseishoshi)
Despacho con sede en Kita, Osaka, con experiencia en trámites de visado y estancia, orientado a materializar su proyecto de vida en Japón.
Ofrecemos asistencia en estatus de residencia, naturalización y constitución de sociedades, entre otros servicios de gestoría, con criterio profesional y trato cercano.
Presentación y trayectoria de la persona o personas que asumen el asunto en nuestro despacho.
Podrá comprobar la formación, la experiencia y el enfoque de nuestro trabajo antes de encomendarnos el procedimiento.
A unos seis minutos a pie de la estación Higashi-Umeda (metro) y a unos tres de Izumi-no-Hiroba, edificio Sankyo Umeda, sexta planta.
〒530-0027 Doyamachō 1-5, Kita-ku, Osaka, sexto piso del edificio Sankyo Umeda. Desde el paso subterráneo puede alcanzarnos, incluso en lluvia, con mínima exposición a la intemperie.
Gyoseishoshi autorizado para trámites ante inmigración
Titulación y habilitación nacionales que permiten presentar, en su nombre, solicitudes al Servicio de Inmigración, eximiendo, según el procedimiento, su comparecencia en ventanilla.
Es la figura legal prevista en la ley de inmigración para que un gestor inscrito presente y siga, en su representación, los expedientes de estancia, salvo excepciones legales.


