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La cualificación de residencia de familiar dependiente (comúnmente denominada «visa de familiar dependiente», etc.) reconoce la estancia en Japón del cónyuge o hijo que recibe sostenimiento de un extranjero que reside en Japón con determinada cualificación prevista en la Ley de Inmigración, cuando convive con dicha persona sostenedora y lleva una vida cotidiana en el país. No es una cualificación cuyo fin principal sea trabajar; por tanto, por regla general no puede desempeñar actividad laboral remunerada, salvo que obtenga un permiso de actividad fuera de la cualificación de residencia, con arreglo al cual podrá trabajar dentro de los límites permitidos.

Actividades permitidas en la estancia de familiar dependiente

Se trata de las actividades cotidianas realizadas como cónyuge o hijo que recibe sostenimiento de una persona que reside con las siguientes cualificaciones.

  • Cónyuge: debe existir vínculo matrimonial válido. No corresponden los supuestos tras divorcio o fallecimiento del cónyuge, ni la unión de hecho no inscrita.
  • Hijo: incluye hijos nacidos dentro del matrimonio, hijos adoptados e hijos nacidos fuera del matrimonio una vez reconocidos. Los padres y hermanos no entran en «familiar dependiente»; si aplica su caso, deberá valorarse, entre otras, la cualificación de «residente de largo plazo».

Cualificaciones de residencia que pueden corresponder a la persona sostenedora (garante de invitación): profesor, artes, religión, prensa, profesional altamente cualificado, dirección y administración de negocios, servicios jurídicos o contables, actividades médicas, investigación, educación, tecnología u humanidades o negocios internacionales, traslado intraempresarial, cuidados, espectáculos, trabajador cualificado, trabajador con habilidades específicas (categoría 2), actividades culturales y estudiante. ※ Los cónyuges e hijos de residente permanente, de residente de largo plazo o de «cónyuge u otro familiar de nacional japonés» se estudian bajo cualificaciones tales como «cónyuge u otro familiar de residente permanente», «residente de largo plazo» o «cónyuge u otro familiar de nacional japonés».

Período de estancia

El Ministro de Justicia fija la duración caso por caso, dentro del límite de no más de cinco años. En la práctica se conceden, entre otras, estancias de 5 años, 4 años y 3 meses, 4 años, 3 años y 3 meses, 3 años, 2 años y 3 meses, 2 años, 1 año y 3 meses, 1 año, 6 meses o 3 meses.

Trabajo (actividad fuera de la cualificación de residencia)

Con la sola cualificación de familiar dependiente no puede trabajar. Para ello necesita un permiso de actividad fuera de la cualificación de residencia.

  • Permiso general: permite trabajar dentro del ámbito de actividades remuneradas de hasta 28 horas semanales o de explotación de negocio en ese mismo marco, presentando básicamente el impreso de solicitud.
  • Permiso individual: si supera las 28 horas semanales o actúa por encargo o contrata en supuestos en que el tiempo de dedicación no queda claro, suele requerirse permiso individual acorde al contenido concreto de la actividad.

※ Quienes residen como «actividad designada» en calidad de cónyuge o hijo dependiente de extranjero suelen tratarse, por regla general, de forma análoga a la estancia de familiar dependiente.
Para más detalle, consulte la página del Servicio de Inmigración «Permiso de actividad fuera de la cualificación de residencia en la cualificación “familiar dependiente”» (enlace externo; en japonés).

Listado de documentos necesarios

La documentación varía según el tipo de trámite. Los certificados emitidos en Japón deben ser, por regla general, los expedidos dentro de los tres meses anteriores a la presentación. A los documentos en idioma extranjero, adjunte traducción al japonés.

1. Solicitud de certificado de elegibilidad (nuevo ingreso desde el extranjero)

  • Impreso de solicitud de certificado de elegibilidad, 1 ejemplar
  • Fotografía, 1 unidad (formato reglamentario)
  • Sobre para la respuesta (tamaño estándar, destinatario indicado, franqueo para correo certificado sencillo), 1 unidad
  • Documento que acredite el parentesco entre solicitante y persona sostenedora (uno de los siguientes): extracto del registro familiar completo / certificado de recepción de notificación matrimonial / certificado o copia certificada de matrimonio / acta o certificado de nacimiento (copia) / documento equivalente, 1 ejemplar de cada uno que corresponda
  • Copia de la tarjeta de residencia o del pasaporte de la persona sostenedora, 1 ejemplar
  • Documentos que acrediten la ocupación y los ingresos de la persona sostenedora
    【Si trabaja por cuenta ajena o propia】 certificado de imposición o no imposición del impuesto de residente y certificados tributarios (situación de renta y tributación del último ejercicio), certificado de empleo o copia de licencia de actividad, según proceda
    【Si no ejerce actividad laboral (p. ej., estudiante)】 documentos que acrediten medios suficientes para cubrir el coste de vida, certificado de saldo bancario a nombre del sostenedor o certificado de concesión de beca (importe y periodo indicados)

2. Solicitud de permiso de cambio de estancia (de otra cualificación a familiar dependiente)

  • Impreso de solicitud de cambio de cualificación, 1 ejemplar
  • Fotografía, 1 unidad (en algunos supuestos no se exige a menores de 16 años)
  • Pasaporte y tarjeta de residencia (presentación)
  • Documento que acredite el parentesco entre solicitante y persona sostenedora (igual que en el apartado 1)
  • Copia de la tarjeta de residencia o del pasaporte de la persona sostenedora, 1 ejemplar
  • Documentos que acrediten la ocupación y los ingresos de la persona sostenedora (igual que en el apartado 1)

3. Solicitud de prórroga del período de estancia (renovación de familiar dependiente)

  • Impreso de solicitud de renovación, 1 ejemplar
  • Fotografía, 1 unidad (puede no exigirse a menores de 16 años ni si solicita una prórroga de 3 meses o menos, según el caso)
  • Pasaporte y tarjeta de residencia (presentación)
  • Documento que acredite el parentesco entre solicitante y persona sostenedora (igual que en el apartado 1)
  • Copia de la tarjeta de residencia o del pasaporte de la persona sostenedora, 1 ejemplar
  • Documentos que acrediten la ocupación y los ingresos de la persona sostenedora (igual que en el apartado 1)

4. Solicitud de permiso de adquisición de la cualificación de residencia (obtención de familiar dependiente estando ya en Japón)

  • Impreso de solicitud de adquisición, 1 ejemplar
  • Fotografía, 1 unidad (puede no exigirse a menores de 16 años, etc.)
  • Documentos según el motivo de adquisición (nacionalidad, acta de nacimiento, otros que acrediten el hecho causante)
  • Pasaporte (presentación)
  • Documento que acredite el parentesco entre solicitante y persona sostenedora (igual que en el apartado 1)
  • Cuestionario, 1 ejemplar
  • Copia de la tarjeta de residencia o del pasaporte de la persona sostenedora, 1 ejemplar
  • Documentos que acrediten la ocupación y los ingresos de la persona sostenedora (igual que en el apartado 1)
  • Certificado de registro de residentes, 1 ejemplar (recomendable; su presentación puede dispensar la notificación posterior del domicilio tras la concesión)

※ Durante el examen podrán solicitarse documentos distintos de los anteriores. Para la cumplimentación de impresos y el detalle de la documentación, confirme la información más reciente en las páginas del Servicio de Inmigración: cualificación de residencia «Familiar dependiente» y permiso de actividad fuera de la cualificación (enlaces externos; en japonés).