Pareja tomada de la mano

El estatus de residencia «cónyuge u otro familiar de residente permanente» corresponde al cónyuge de un residente permanente o de un residente permanente especial, o bien a la persona que, como hijo de residente permanente u otro supuesto equivalente, ha nacido en Japón y ha seguido residiendo en el país de forma continuada. Entre los ejemplos típicos se encuentran el cónyuge de residente permanente o residente permanente especial, y el hijo nacido en Japón que continúa residiendo en el país (véase la página del Servicio de Inmigración «Estatus de residencia “cónyuge u otro familiar de residente permanente”»).

Este estatus no impone restricciones de trabajo, por lo que goza de gran libertad en la actividad laboral y en otras actividades. Al tratarse de un estatus basado en el vínculo familiar, se presupone que el matrimonio o la relación paterno-filial se mantiene.

Requisitos para obtener la visa de cónyuge u otro familiar de residente permanente

Pueden solicitarla quienes reúnan alguno de los siguientes supuestos.

  1. Cónyuge de residente permanente
  2. Cónyuge de residente permanente especial
  3. Hijo nacido en Japón como hijo de residente permanente u otro supuesto equivalente, que tras el nacimiento sigue residiendo de forma continuada en Japón

Cónyuge de residente permanente o de residente permanente especial

Al solicitante se le exige estar casado de forma válida a efectos legales con un residente permanente o residente permanente especial. No basta un matrimonio meramente formal; es esencial acreditar una convivencia matrimonial real.

Si existen indicios de matrimonio de conveniencia, el examen puede volverse más estricto. Mediante la aportación de pruebas de la relación entre los cónyuges (fotografías, registros en redes sociales, historial de llamadas, etc.) deberá explicarse la existencia de un matrimonio auténtico.

Hijo de residente permanente u otro supuesto equivalente

Corresponde quien, como hijo de residente permanente u otro supuesto equivalente, ha nacido en Japón y posteriormente ha seguido residiendo de forma continuada en el país. En concreto, si en el momento del nacimiento en Japón el padre o la madre se encontraba en Japón con estatus de residente permanente u otro supuesto equivalente, o si el padre había fallecido antes del nacimiento en Japón, es necesario que en el momento del fallecimiento el padre fuera residente permanente y que el hijo, tras nacer, siga residiendo en Japón de forma continuada.

Período de estancia

Se concede por 5 años, 3 años, 1 año o 6 meses.

Tipos de trámite

Los principales procedimientos relacionados con el estatus «cónyuge u otro familiar de residente permanente» son los siguientes.

  • Solicitud de certificado de elegibilidad (COE) … Cuando desea entrar en Japón por primera vez con este estatus desde el extranjero
  • Solicitud de cambio de estatus de residencia … Cuando ya reside en Japón con otro estatus y desea pasar a este
  • Solicitud de extensión del período de estancia … Cuando desea seguir residiendo en virtud del mismo vínculo familiar
  • Solicitud de obtención del estatus de residencia … Cuando ya se encuentra en Japón y desea obtener este estatus (por ejemplo, quien ha renunciado a la nacionalidad japonesa, o quien reside sin haber pasado por procedimiento de entrada por nacimiento u otras causas)

Si el vínculo familiar cambia (por ejemplo, contrae matrimonio o se divorcia), presente la solicitud sin demora. Si realiza actividades que no corresponden al estatus de residencia que le corresponde, el estatus de residencia podrá ser revocado.

Listado de documentos necesarios

Los documentos varían según el tipo de trámite. Para certificados emitidos en Japón, presente documentos expedidos dentro de los tres meses siguientes a la fecha de emisión. Adjunte traducción al japonés a los documentos redactados en idioma extranjero. Lo que sigue son los principales documentos según la información pública del Servicio de Inmigración. Durante el examen podrán solicitarse documentos adicionales.

【Si es cónyuge (esposo o esposa de residente permanente o residente permanente especial)】

Solicitud de certificado de elegibilidad (COE) (nueva entrada desde el extranjero)

  • Formulario de solicitud de certificado de elegibilidad (1 ejemplar)
  • Fotografía (1 unidad, formato reglamentario)
  • Sobre para la devolución de la respuesta (sobre tamaño estándar con dirección y sellos para devolución certificada) (1 ejemplar)
  • Certificado de matrimonio emitido por las autoridades del país de nacionalidad del cónyuge (residente permanente) y del solicitante (1 ejemplar) ※Si en nacionalidades como la surcoreana se expide el extracto del registro civil familiar, puede utilizarse el extracto emitido por la autoridad extranjera en el que conste el matrimonio de ambos. Si el matrimonio está inscrito en un ayuntamiento japonés, certificado de recepción de la notificación de matrimonio
  • Documentación que acredite medios de manutención en Japón: certificado de imposición (o no imposición) del impuesto municipal sobre la renta y certificado de pago de impuestos del obligado al sostenimiento correspondientes al último año fiscal (cada uno 1 ejemplar, con el total de rentas y situación tributaria del año). Si acaba de entrar en Japón, etc., copia de libreta de depósitos, certificado de previsión de empleo, carta de intención de contratación, etc.
  • Carta de garantía del cónyuge (residente permanente) (1 ejemplar) ※El garante de residencia es el cónyuge (residente permanente) que vive en Japón
  • Certificado de empadronamiento (koseki juminhyō) del cónyuge (residente permanente) con todos los miembros del hogar (1 ejemplar) ※Sin número individual de residente (My Number); sin omitir otros datos
  • Cuestionario (1 ejemplar)
  • Pruebas de la relación entre los cónyuges: fotografías espontáneas (2–3 unidades en las que aparezcan ambos con el rostro claramente identificable, sin retoque con aplicaciones), registros en redes sociales, historial de llamadas, etc.

Solicitud de cambio de estatus de residencia (desde otro estatus)

  • Formulario de solicitud de cambio de estatus de residencia (1 ejemplar), fotografía (1 unidad) ※No requerida si es menor de 16 años
  • Certificado de matrimonio emitido por el país de nacionalidad del cónyuge (residente permanente) y del solicitante (1 ejemplar) ※Si la notificación de matrimonio se presentó en Japón, certificado de recepción de la notificación de matrimonio
  • Documentación que acredite medios de manutención en Japón (certificados de imposición o no imposición del impuesto municipal sobre la renta y de pago de impuestos, etc., dentro de los tres meses)
  • Carta de garantía del cónyuge (residente permanente) (1 ejemplar)
  • Certificado de empadronamiento del cónyuge (residente permanente) con todos los miembros del hogar (1 ejemplar)
  • Cuestionario (1 ejemplar)
  • Pruebas de la relación entre los cónyuges (2–3 fotografías espontáneas, registros en redes sociales, historial de llamadas, etc.)
  • Pasaporte y tarjeta de residente (exhibición)

Solicitud de extensión del período de estancia

  • Formulario de solicitud de extensión del período de estancia (1 ejemplar), fotografía (1 unidad) ※Puede no ser necesaria si es menor de 16 años o si solicita renovar un período de estancia de 3 meses o menos
  • Documento que acredite la continuación del matrimonio del solicitante (1 ejemplar)
  • Documentación que acredite medios de manutención en Japón (certificados de impuestos municipales sobre la renta del obligado al sostenimiento, etc.; si el propio solicitante se sostiene, la documentación del solicitante. Dentro de los tres meses)
  • Carta de garantía del cónyuge (residente permanente) (1 ejemplar)
  • Certificado de empadronamiento del cónyuge (residente permanente) con todos los miembros del hogar (1 ejemplar)
  • Pasaporte y tarjeta de residente (exhibición)

Solicitud de obtención del estatus de residencia (cuando se obtiene el estatus en Japón)

  • Formulario de solicitud de obtención del estatus de residencia (1 ejemplar), fotografía (1 unidad) ※En algunos casos no se exige si es menor de 16 años
  • Documentos según la categoría: quien ha renunciado a la nacionalidad japonesa → documento que acredite la nacionalidad / quien ha nacido → documento que acredite el nacimiento / otros → documento que acredite el hecho causante (para el detalle, consulte al Servicio de Inmigración o al Centro de Información Integral para Extranjeros)
  • Certificado de matrimonio emitido por el país de nacionalidad del cónyuge (residente permanente) y del solicitante (1 ejemplar) ※Si la notificación está presentada en Japón, certificado de recepción de la notificación de matrimonio
  • Documentación que acredite medios de manutención en Japón, carta de garantía del cónyuge (residente permanente), certificado de empadronamiento (todos los miembros del hogar)
  • Cuestionario (1 ejemplar), pruebas de la relación entre los cónyuges
  • Pasaporte (exhibición)

Notificaciones necesarias mientras se reside con este estatus

Debe presentar notificación en los siguientes supuestos, entre otros.

  • Cuando fallece el cónyuge o se produce separación por divorcio … Notificación relativa al cónyuge
  • Cuando cambia el domicilio (tras una mudanza) … Notificación de cambio de domicilio
  • Cuando cambian datos de la tarjeta de residente distintos del domicilio … Notificación de cambio de datos en la tarjeta de residente distintos del domicilio
  • Cuando, tras la entrada, fija domicilio … Notificación de domicilio tras nueva entrada

Si quien presenta la documentación no es el propio solicitante, en algunos casos deberá exhibir documento que acredite la identidad de la persona que presenta. Para el modo de cumplimentar los formularios y el detalle de la documentación, póngase en contacto con el Centro de Información Integral para Extranjeros (tel.: 0570-013904 / desde IP o el extranjero: 03-5796-7112).